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La España de las multiplicidades

La España de las multiplicidades

El pasado 15 de marzo se publicó el RD 189/2013 que modificaba parcialmente la legislación vigente en materia de certificados de profesionalidad, introduciendo dos cambios clave que ya hemos comentado, la posibilidad de que los centros acreditados impartan esta formación por iniciativa privada (no subvencionados) y la posibilidad de que un gran número de certificados se pudiera impartir en una gran medida en modalidad elearning.

 

Estos cambios conllevan modificaciones en cuanto a cuál es el organismo responsable de acreditar a una entidad para poder impartir un certificado de profesionalidad en función de la modalidad utilizada. Hasta el momento, si nuestro interés es impartir un certificado en modalidad presencial, nos teníamos que dirigir al servicio público de empleo de la comunidad autónoma en la que se ubiquen las instalaciones que queremos acreditar, siguiendo el procedimiento, por otro lado variopinto, determinado por éste. Esto no se altera con el citado decreto. Sin embargo, si lo que queremos es acreditarnos para impartir un certificado en modalidad eLearning, entonces nos encontramos con las dificultades y con el problema de las duplicidades.

 

Supuestamente, según se deduce de la lectura del RD 189/2013 (así como de los borradores que circulan de la orden ministerial que lo desarrollan), la acreditación de una entidad en modalidad eLearning se basa en la adecuación de la plataforma de formación y de los contenidos del certificado, procedimiento que tendremos que hacer ante el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), procedimiento, por otro lado, que aún no está disponible al no haberse publicado la orden reguladora.

 

En jornadas organizadas por CECAP Andalucía, en las que asistió D. Manuel Ruiz Prada, Lcdo. en Derecho y perteneciente a la Unidad de Apoyo Jurídico de la Subdirección General de Políticas de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), se nos explicó a los asistentes que tanto para la participación en las Convocatorias Subvencionadas Estatales como para la impartición de certificados en modalidad privada, el organismo responsable de la acreditación va a ser el SEPE, no teniendo validez a partir del 1 de enero de 2014, para estas iniciativas,  las posibles acreditaciones por parte de las Comunidades Autónomas. Esto nos plantea la siguiente pregunta ¿qué sentido tiene entonces acreditarnos en modalidad eLearning en nuestra comunidad?.

 

No obstante, las diferentes Comunidades Autónomas están publicando normativas para la acreditación de los Centros en esta modalidad, y como suele ser la tónica en este país de multiplicidades, con criterios, en muchos casos diferentes a los que el SEPE está exigiendo en las convocatorias estatales. Esto nos lleva a confusión, ¿cuando estemos acreditados a nivel nacional por el SEPE nos tendremos que volver a acrediar a nivel autonómico para acceder a las convocatorias de nuestra comunidad?, ¿tendremos que poseer dos plataformas con características adaptadas a diferentes criterios o cuando salga la orden ministerial ya solo prevalecerán las condiciones del SEPE?.

 

En este momento solo tenemos incognitas, pero entre dudas las convocatorias están saliendo y a los centros se les solicitan plataformas y contenidos acreditados que ni los propios distribuidores de estos servicios sabemos como plantear, en algunas ocasiones.

 

Esta es la España que tenemos, en la que cada Administración tiene que demostrar que existe imponiendo sus propios criterios.





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